Política SPIFF (incentivo a comerciales)

Última actualización: 06/06/2026 · v1.0

El SPIFF es un incentivo opcional y transparente que JOBO pone a disposición de la empresa Partner para sus comerciales, con el conocimiento y consentimiento del empleador. Se materializa en una Adenda al MSA de Partner, firmable y revocable.

1. Naturaleza: opcional y a activación del Partner

La Adenda solo surte efecto si el Partner la activa y suscribe. Puede activarse o desactivarse en cualquier momento, con efecto desde el periodo siguiente. Inicialmente disponible solo para Founding Partners.

2. Por qué es lícito (art. 286 bis CP)

El incentivo no es injustificado ni encubierto: se abona solo con conocimiento y consentimiento del empleador (el Partner), queda documentado y trazado, y no contraviene los deberes del comercial. El consentimiento del principal neutraliza el tipo del soborno entre particulares.

3. Declaraciones del Partner (núcleo de la defensa)

Al activar la Adenda, el Partner declara que autoriza el incentivo, que no infringe sus políticas internas ni los deberes de sus empleados, que es transparente dentro de su organización, y que asume el tratamiento fiscal y laboral del incentivo frente a sus empleados.

4. Mecánica

JOBO pone a disposición un importe distribuible (un porcentaje de la cuota neta recurrente del cliente atribuido), financiado por JOBO y adicional a la comisión del Partner: el precio que paga el cliente no cambia. JOBO abona el importe al Partner, nunca directamente al comercial; el Partner lo reparte a sus comerciales designados, identificados por código interno (sin datos personales).

5. Reporte y trazabilidad

El Partner reporta a JOBO los importes repartidos por periodo y comercial (código interno) a través de su portal. Este reporte es la prueba documental de la defensa del art. 286 bis CP. Frecuencia trimestral.

6. Cláusula anti-soborno

El incentivo no condiciona ninguna decisión indebida ni contraviene los deberes del comercial; cualquier uso contrario deja sin efecto la Adenda.

7. Fiscalidad

El tratamiento fiscal y laboral del incentivo frente a los comerciales corresponde al Partner, que exime a JOBO de toda obligación frente a dichos empleados.

Original en castellano; las traducciones son de cortesía.

Historial de versiones disponible a petición en legal@joboapp.es.